REFORZAR EL MARCO PROPIO DE RELACIONES LABORALES EN IPARRALDE
El País Vasco norte carece, hoy en día, de un marco propio de relaciones laborales que permita a los agentes sociales del territorio negociar y llegar a acuerdos específicos sobre temas que afectan directamente a los trabajadores y a las empresas de Iparralde. Predomina un modelo, heredado de una cultura jacobina enraizada y de una organización político-administrativa centralizada, que no confía en los agentes sociales, que defenderían supuestamente unos intereses particulares frente a un Estado francés que sería el garante del interés general, y del ámbito local, considerado como el espacio del clientelismo y de las especificidades territoriales que pondrían en peligro la igualdad de los ciudadanos galos ante la ley. Esto hace que las relaciones laborales, que se desarrollan especialmente tras el final de la Segunda Guerra Mundial, se caractericen por su centralización. De hecho, el sistema vigente actualmente conoce un impulso durante la posguerra con la creación de la Seguridad Social en 1945, el reconocimiento del derecho de huelga y el derecho sindical que figura en el preámbulo de la Constitución en 1946, la aprobación de la ley sobre los convenios colectivos, la libertad de negociación y las condiciones de trabajo en 1950, la adopción de la ley que favorece la resolución de los conflictos colectivos de trabajo en 1957, el reconocimiento por el ministerio de Trabajo de las cinco organizaciones sindicales representativas a nivel estatal en 1966, la promulgación de la ley sobre la sección sindical de empresa en 1968 o de la ley que reconoce la existencia del derecho de los trabajadores a la negociación colectiva en 1971. Tras la victoria de la izquierda en 1981, el gobierno socialista facilita la aprobación de las cuatro leyes Auroux en 1982 relativas a las libertades de los trabajadores en la empresa, al desarrollo de las instituciones representativas del personal, a la negociación colectiva y a la resolución de las conflictos colectivos de trabajo, y al comité de higiene, seguridad y condiciones de trabajo. Si a lo largo de los años ochenta y noventa, se aprueban una serie de normas jurídicas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en 1989, hacer efectiva el derecho a la negociación en todas las empresas en 1995, informar y consultar a los asalariados en las empresas en 1996 o reducir la jornada laboral en 1998 y 2000, las últimas dos décadas se caracterizan por una voluntad de “modernizar las relaciones laborales”. Esta se traduce por la aprobación de un conjunto de leyes que pretenden relanzar la negociación colectiva en materia de despidos económicos en 2003, simplificar el derecho para permitir al gobierno transformar el código de trabajo por ordenanzas en 2004, modernizar el diálogo social en...
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